Pleito entre Juan Infante Samaniego y los indios Chichimecas del pueblo de Pénjamo sobre la posesión de la estancia de los Guayabos (Aramutaro), partido de Yuririapúndaro, 1567-1569
Elemento
Inicie sesión para ver este documento.
- Título
-
es
Pleito entre Juan Infante Samaniego y los indios Chichimecas del pueblo de
Pénjamo sobre la posesión de la estancia de los Guayabos (Aramutaro),
partido de Yuririapúndaro, 1567-1569 - Título asignado por el custodio
- es Juan Infante Samaniego con los indios del pueblo de Pénjamo, estancia de los guayabos pueblos de Aguamato y Zinapecuar
- Otorgante / Autor principal
- Real Audiencia de la Nueva España
- Real Audiencia de la Nueva España (Audiencia Gobernadora, 1564-1568)
- Partes involucradas
- Juan Infante Samaniego
- Indios del pueblo de Pénjamo
- Don Martín Enríquez, virrey
- Don Luis de Velasco, virrey
- Don Antonio de Mendoza, virrey
- Juan Infante (parte actora — propietario de las estancias)
- Juan Infante Samaniego (parte actora — hijo y apoderado de Juan Infante)
- Don Francisco Nyra (parte demandada — gobernador del pueblo de Pénjamo)
- Cabildo del pueblo de Pénjamo (parte demandada — institución colectiva)
- Indios Chichimecas de Pénjamo y Huanimaro (parte demandada — comunidad)
- Doctor Francisco Veca (abogado letrado de los indios ante la Real Audiencia)
- Fray Diego de Silva (vicario del pueblo de Pénjamo — aliado institucional de los indios)
- Pedro de Villegas (corregidor de Yuririapúndaro — juez de primera instancia)
- Francisco de Morales (teniente de corregidor de Yuririapúndaro — actuario del proceso local)
- Pedro Téllez de Fonseca (escribano de Su Majestad en Yuririapúndaro — actuario de todo el expediente)
- Pedro de Villalobos (oidor de la Real Audiencia — juez comisionado del proceso en segunda instancia)
- Francisco Ceinos (presidente interino de la Audiencia Gobernadora)
- Jerónimo de Orozco (oidor de la Real Audiencia)
- Vasco de Puga (oidor de la Real Audiencia)
- Don Alonso de Aceytiera (corregidor de Yuririapúndaro y juez mayor de los Chichimecas)
- Juan Díaz de Castillón (teniente de alcalde mayor de Michoacán — Valladolid)
- Juan Fernández Mandaleño (teniente superior de Castillón)
- Diego Martínez (teniente de Francisco de Morales)
- Diego Hurtado (primer propietario de las estancias — vecino de Guayapangáreo)
- Bartolomé Palomino (copropietario 1542-1547 — portugués de Évora)
- Rodrigo de Évora (comprador intermedio de la mitad de Palomino)
- Ana Rodríguez, viuda (propietaria colindante — origen de la Hacienda de Santa Ana Pacueco)
- Alonso de Angulo Montesinos (testigo instrumental — luego receptor de merced de Corralejo)
- Juan Mameta (fiscal del cabildo de Pénjamo — testigo ante la Real Audiencia)
- Juan Janagna (fiscal del cabildo de Pénjamo — compareciente ante la Real Audiencia)
- Palongo (fiscal del cabildo de Pénjamo — compareciente ante la Real Audiencia)
- Juan Tuzabata (indio natural de Pénjamo — compareciente ante la Real Audiencia)
- Gregorio de Montes (intérprete de tarasco — lengua de Yalacar)
- Juan Barajas de Ujo (presbítero intérprete de tarasco — requerimiento de 1567)
- Diego de Villalba (ejecutor material del despojo)
- Marcos de Medina (ejecutor material del despojo — portó vara de justicia)
- Lucas de Caballanza (ejecutor de la toma de posesión de agosto de 1568)
- Felipe II, rey de España (autoridad nominal de la Provisión Real)
- Don Antonio de Mendoza, virrey (otorgante de la merced de 1549)
- Don Luis de Velasco, virrey (emisor del mandato de 1563)
- Barajas
- Andrés de Borgas
- Agustín Sánchez (indio residente en Aramutaro — notificado para desalojo)
- Pedro Tali (indio residente en Aramutaro — notificado para desalojo, natural de Aguamato)
- Alegón (indio residente en Aramutaro — notificado para desalojo)
- Fecha (formato EDTF)
- 1567 – 1569
- Tipo documental
- es Litigio judicial
- Cita archivística
- AGN, Fondo Tierras, vol. 65, exp. 4, ff. 79-155v, 1568. Lugar de expedición: Pénjamo, Guanajuato. ark:/12345/agn-tie-vol65-exp4.
- Signatura
- agn-tie-vol65-exp4
- Fondo archivístico
- es AGN — Archivo General de la Nación
- Serie archivística
- es AGN / Tierras
- Lugar(es) histórico(s)
- Valle de Pénjamo
- Estancia de los Guayabos, Pénjamo
- Aguamato (pueblo de indios)
- Zinapécuaro, provincia de Mechuacán
- Pueblo de Pénjamo
- Pueblo de Huanimaro, partido de Yuririapúndaro
- Cerro Barajas, municipio de Pénjamo
- Aramútaro de Luque, municipio de Pénjamo
- Aguamato (pueblo o barrio sujeto de Pénjamo)
- Zinapécuaro, provincia de Mechuacán
- Guayapangáreo
- Valladolid
- Municipio actual
- es Pénjamo
- es Huanímaro
- Idioma del documento
- es spa — Español/castellano
- Materias / palabras clave
- Estancias de ganado mayor
- Pleitos de tierras
- Pueblos de indios novohispanos
- Indios de Pénjamo
- Merced real de estancia
- Virreyes de Nueva España
- Valle de Pénjamo
- Descripción académica
-
es
NATURALEZA Y ALCANCE DEL DOCUMENTO
El expediente AGN, Tierras, vol. 65, exp. 4 (ff. 79-155v) es el proceso
judicial más importante para la historia territorial del Valle de Pénjamo. Cubre los años 1567-1569 y
contiene tres tipos documentales acumulados: copias certificadas de
instrumentos de titulación que se remontan a 1542, el proceso local ante el
partido de Yuririapúndaro (1567-1568), y el proceso ante la Real Audiencia de
México (1568-1569) con sus probanzas, mandamiento de amparo y Provisión Real
emitida en nombre del rey Felipe II. El expediente está en desorden físico
parcial: varios folios fueron encuadernados fuera de secuencia cronológica,
lo que exigió una lectura de reconstrucción procesal para establecer la
cronología real de los hechos.
EL CONFLICTO
El litigio enfrenta a Juan Infante, ganadero de Michoacán, y a su hijo Juan
Infante Samaniego, contra los indios Chichimecas del pueblo de Pénjamo y de
Huanimaro, por la posesión del sitio conocido en castellano como la estancia
de los Guayabos y en lengua purépecha como Ayamotato, Aramutaro, Mamotze o
Marotze, según el transcriptor y el momento del proceso. El sitio corresponde
hoy a Aramútaro de Luque, municipio de Pénjamo, Guanajuato, coordenadas
20.215556, -101.776389, en la falda norte del Cerro Barajas, a 24.5 km al
norte de la ciudad de Pénjamo.
LA CADENA DE TITULACIÓN ESPAÑOLA
Diego Hurtado, vecino de Guayapangáreo (hoy Ciudad Hidalgo, Michoacán),
ocupó de hecho el sitio antes de 1542. En ese año donó la mitad a Bartolomé
Palomino, ganadero portugués de Évora. En enero-mayo de 1544, Hurtado vendió
a Juan Infante padre 300 vacas, 80 yeguas y cuatro estancias por 920 pesos de
oro de minas. En 1547, Palomino intentó vender su mitad a Rodrigo de Évora;
Juan Infante ejerció retracto y adquirió esa mitad por 1.200 pesos. En
noviembre de 1557, Juan Infante suscribió el acuerdo final de retracto con
Rodrigo de Évora en la propia estancia de Ayamotato, pagando 1.320 pesos. La
inversión total de Juan Infante en las estancias alcanzó 3.440 pesos de oro
de minas. La merced formal fue otorgada por el Virrey Antonio de Mendoza a
Diego Hurtado el 24 de diciembre de 1549, legalizando retroactivamente una
posesión de hecho de al menos siete años. El Virrey Luis de Velasco confirmó
los derechos de Juan Infante el 13 de junio de 1563 mediante mandato que
ordenaba el desalojo de los indios del sitio.
EL ARGUMENTO INDÍGENA
Los indios del pueblo de Pénjamo declararon posesión de más de treinta años
sobre el sitio, anterior a cualquier título español: anterior a la carta de
venta de Hurtado a Infante (1544), anterior a la merced de Mendoza (1549) y
anterior a la propia congregación española del pueblo de Pénjamo (circa
1542). Dos testigos que declararon ante la Real Audiencia en abril de 1569
tenían 66 y posiblemente 70 años de edad, con memoria personal del sitio
anterior a la presencia española en el Valle. El cabildo del pueblo de
Pénjamo, encabezado por el gobernador don Francisco Nyra, compareció en pleno
ante la Audiencia, representado por el Doctor Francisco Veca, abogado letrado
con título doctoral. Fray Diego de Silva, Vicario del pueblo de Pénjamo
(filiación religiosa probablemente agustina por el contexto de la zona, sin
confirmación documental explícita en el expediente), actuó como mediador
oficial entre el oidor y los indios y firmó como testigo instrumental del
mandamiento de amparo.
EL DESPOJO DE MAYO DE 1568
El 20 de mayo de 1568, Diego de Villalba y Marcos de Medina, agentes de Juan
Infante Samaniego, llegaron al sitio de Aramutaro con una cabalgada armada y
ejecutaron el desalojo forzado de las familias indígenas. Demolieron casas y
corrales, despojaron a las familias de maíz, utensilios y objetos de culto
religioso, y dispersaron a hombres, mujeres e hijos. Los negros y criados de
Juan Infante participaron como fuerza material del desalojo. El expediente
menciona la presencia de más de cien esclavos negros en la estancia, dato que
requiere verificación en otros fondos del AGN antes de ser utilizado como
dato confirmado. Los indios buscaron refugio en la iglesia parroquial de
Pénjamo, custodiada por Fray Diego de Silva. Diez días después, el 30 de
mayo de 1568, el gobernador don Francisco Nyra y el vicario presentaron
querella formal ante el teniente Francisco de Morales en el propio sitio de
Aramutaro.
EL PROCESO LOCAL Y LA APELACIÓN
Francisco de Morales instruyó el proceso local entre mayo y octubre de 1568,
generando al menos 18 piezas documentales. A pesar de reconocer que los
indios tenían argumentos válidos, el corregidor Pedro de Villegas, tras
visita de ojos del 30 de septiembre de 1568, dictó auto de amparo a favor de
Juan Infante el 11 de octubre, prohibiendo a los indios labrar el sitio bajo
pena de 20 pesos. El 13 de octubre, el gobernador don Francisco Nyra y el
Doctor Francisco Veca interpusieron apelación ante la Real Audiencia de
México. En noviembre de 1568, los cuatro oidores de la Audiencia Gobernadora
(Francisco Ceinos, Pedro de Villalobos, Jerónimo de Orozco y Vasco de Puga)
emitieron Provisión Real admitiendo la apelación.
EL PROCESO ANTE LA REAL AUDIENCIA, 1569
El oidor Pedro de Villalobos instruyó el proceso en segunda instancia. En
abril de 1569 tomó probanzas testimoniales con al menos cuatro testigos
indígenas de Pénjamo y Huanimaro, todos declarando en tarasco con intérprete.
Los testigos declararon posesión inmemorial, poblamiento efectivo y violencia
en el despojo. El fiscal del cabildo Juan Mameta compareció personalmente. El
expediente contiene un padrón de al menos 22 indios del pueblo de Pénjamo
identificados por nombre, incluyendo nombres purépechas: Juan Tuzabata,
Camata Alle, Bernabé Asma, Jnin Tombette, Juan Janagna, Palongo, Tomba,
Daedon, Londa, Acondigna, Mateo Nagna, Caracata, entre otros. Es el registro
nominal más antiguo conocido de habitantes del pueblo de Pénjamo.
El oidor emitió mandamiento de amparo reconociendo como hechos probados que
los indios tuvieron las tierras pobladas y las labraron, que fueron objeto de
temores y amenazas, y que el Hato de Naledzo (nombre indígena del hato de
ganado del sitio) era actividad productiva de los indios. Ordenó que los
indios quedaran libres y a salvo y prohibió que fueran atemorizados o
perturbados.
Un visitador recorrió físicamente el sitio de Aramutaro, describiendo al
menos 22 secciones del predio identificadas por sus nombres purépechas
(Mamotze, Marotze, Tagnaro, Mmara) y estableciendo sus linderos: al norte la
cima del Cerro Barajas, en otra dirección el Cerro Moreno, los términos de
Yuruandiro, la porción que fue de Bartolomé Palomino como colindante, el
camino real de Pénjamo a Yuruandiro y las fuentezuelas de las laderas del
cerro. La extensión mínima documentada de la sección principal es de dos
caballerías (aprox. 86 hectáreas).
LA PROVISIÓN REAL DE FELIPE II
El expediente contiene una Provisión Real emitida en nombre del rey Felipe II
de España con su intitulación completa: Rey de Castilla, León, Navarra,
Aragón, Granada, Toledo, Valencia, Galicia, Mallorca, Sevilla, Cerdeña,
Córdoba, Murcia, Jaén, los Algarves, Algecira, Gibraltar, Señor de las Islas
e Tierra Firme del Mar Océano, Archiduque de Austria, Duque de Borgoña. La
Provisión fue emitida por la Real Audiencia de México, Corte y Chancillería,
en nombre del rey. Su dispositivo incluye la expresión "fina[l] merced", que
en la terminología de las cancillerías reales del siglo XVI designa la
resolución definitiva de una causa. La fecha exacta del documento no fue
legible en la lectura realizada; su posición en el proceso sugiere que es
posterior al mandamiento de amparo del oidor Villalobos y constituye la
sentencia definitiva del litigio. Los indios de Pénjamo invocaron
posteriormente esta Provisión Real como instrumento de defensa de sus tierras
frente a nuevos intentos de despojo (referencias en otros expedientes
pendientes de identificación).
CONEXIÓN ARQUEOLÓGICA
El Cerro Barajas, municipio de Pénjamo, tiene sitios arqueológicos
epiclásicos (600-950 d.C.) excavados por Gérald Migeon (CEMCA/CNRS). El mapa
de Migeon registra los topónimos El Guayabo y Casas Tapadas en la misma zona
del sitio en disputa. Las "casas de indias sin moradores" del acta de
posesión de 1568 corresponden a las estructuras con entradas cegadas
ritualmente documentadas por Migeon. El corral de piedra "antiguo" descrito
en el acta de posesión puede ser de origen prehispánico de la fase Barajas.
Nadie había conectado antes este expediente con la arqueología de Migeon.
Referencia: Migeon, Gérald. "Abandonos planificados, rituales de vasijas
matadas o de clausura y ocupaciones posteriores." Tracés: Revue de Sciences
Humaines, núm. 43, ENS Éditions, 2003, pp. 97-115. HAL: hal-01885101.
CONEXIONES CON LAS HACIENDAS DEL VALLE
El expediente documenta directamente los antecedentes de dos haciendas
históricas del Valle de Pénjamo. La estancia de Ana Rodríguez, viuda
(merced del Virrey Mendoza del 29 de agosto de 1547), colindante con los
Guayabos, dio origen a la Hacienda de Santa Ana Pacueco. Alonso de Angulo
Montesinos, testigo en Guayapangáreo (1547) y en Ayamotato (1557), recibió
posteriormente la merced de la Hacienda de Corralejo. La presencia del
apellido Barajas como testigo instrumental del mandamiento de amparo de 1569
es el vínculo documental más antiguo conocido entre esa familia y el
territorio del Cerro Barajas.
NOTAS PALEOGRÁFICAS
Escritura procesal cortesana del siglo XVI con abundantes abreviaturas por
suspensión y contracción. Uso sistemático de la forma "q" con tilde para la
conjunción "que" y de "s" larga en posición media. Nexos encadenados
característicos de la cancillería novohispana. El expediente reúne al menos
cuatro manos distintas identificadas por el tipo de trazo: la mano del
escribano Pedro Téllez de Fonseca (mano principal), la mano del escribano de
la Real Audiencia, la mano del visitador que redactó el acta de la visita de
ojos, y una o dos manos de amanuenses secundarios en los mandamientos de
menor rango. La legibilidad varía significativamente entre fojas: clara en
los mandamientos formales, muy difícil en los folios del proceso testimonial
y en el acta de la visita de ojos.
ESTADO DE CONSERVACIÓN
Soporte de papel verjurado con deterioro variable. Se documentan manchas de
humedad en márgenes y secciones centrales de varios folios, oxidación de
tintas ferrogálicas con sangrado entre fojas, pérdida de soporte en márgenes
izquierdos que afecta el inicio de algunas líneas, y varios renglones
ilegibles por desvanecimiento de tinta. El desorden físico del encuadernado
es severo: folios de distintos momentos procesales fueron encuadernados sin
respetar el orden cronológico original. - Declaración de derechos
- es DR-01 — Archivo público anterior a 1930, repositorio digital público
- Media
56c7634cadc1e26a67e08cae5429dae015c46b9e.jpg
d274e9b416048d28a859b7dbe6a0a15b9fc6524e.jpg
828fd600d49efd3725c1085b3cb324eab7cf29bf.jpg
b2009166019ec39e13d490a7a355090981f22760.jpg
79caf4179013a3687aac65901904e02457facc2f.jpg
30f7b4755635bb24fa79ace4d85d5e9a3236a224.jpg
26cd79967a1e3bfe1dae7f32b6f2cf9e974b2986.jpg
c6ae16b53a18f1db259855f27259e063cde40466.jpg
bd41a048c5d480d35e4ea132eea52d608e956b00.jpg
05270fb53c4f5393c26712eab2a711e624c70f5c.jpg
ebbaeae83fb1b4d23b8a490d3dbd94b256c9a70f.jpg
b6c0714358e95b0440746da5e1be59ba2404789b.jpg
152b3a8ddfe3e56941d7d5d60d9559d28f05a6d2.jpg
02b02fe52e4d9db906bfcb4bd505677d7abd3fdd.jpg
5e1afa2f28bcacdab58283a9cc47cf5b1bbb8151.jpg
c2aec423b57ab54724daab2d11c245974e27b230.jpg
13f1245d90130cc8322359640db19c2b63820992.jpg
bcd1e49b2346f5dbd83c673bb3d9b2f9b654cf56.jpg
52147d5b02102ae5563bd3472a0397caba2db49b.jpg
b98c601e11a0a82fde61b3a6772dcd0ad6c5d334.jpg
05bd0e326dfb0289e247750c1ef8a500315fc933.jpg
aa2af5f43f535963df51530f540b71d6a9c01d17.jpg
2fa8938469f1de00adde1d18b553385bf3966c88.jpg
c610c5f7cef32e97a4be561793e1d3aa4756fee9.jpg
b70e693b5e7af215438e17fc1ab985c95435fb7b.jpg
e30cd7bb7155c83bad4e77cfcbb187d82c13bb5e.jpg
469be6fb6d284d0dfb6b7590ed3fb8dee87a1483.jpg
09b24206da6546afc65ce7e7d7b9ec61b0ff4b25.jpg
459238f3e5eea5efa9382d5d42fc95ee08598bf6.jpg
a48a658d90db00af2d1e43079993b06a594cad5f.jpg
170ce306a739a6eafe8568b38a2054566f23b4a4.jpg
1ad4133bfb4e635bcfa6fda9cb3d4d35c631f80e.jpg
b180ea501690500d629269bcb23cd86ccf2f0cce.jpg
3e07e986cf09ffc062fd19b989038a2552a49c4c.jpg
cd3df40e94cbb00091579ca21f54113c0bfe2d31.jpg
ba2938fe9d03967239b57b7bce0f362f0cf9dd89.jpg
1cef440bb00fcd4e36dd854981ea74d474b3148e.jpg
849a772b7cd20b691e77d52e0816458e19663784.jpg
57115081e3fc46d3065c8054cd9c99cb7d809739.jpg
54c338083ddb03f99ee31f3ef3469bbf1fd4dde5.jpg
064e6691fc6f3f442c725b61fa50d6c8d09e9a2b.jpg
e4d3e24e43aecfd9aa8bd3e7d31d8109ae83cc6c.jpg
0b9ee84ea07359d97c82710d300f2fa0700818f2.jpg
2135ba9526b91b4843b18f6852b78812ed9d7f3d.jpg
339b9102ea6bcbaaf23602a574ad1bf57803b0ec.jpg
7fda90ca38b2f91ef69320bf96c1219a6037e567.jpg
c33e89e88198d20dc8e6fe6467ec42c5ec1a732f.jpg
ff6da2868d2183d3df68faa347e412f2cad55852.jpg
a47de5d4c07c3d453f8cc76469cfe750c0340d89.jpg
d2245f8fdbbead77f6147f8bb629edad118624fb.jpg
2e57ecc64534f865cbd324d8728462e00fce909a.jpg
af5e8187f343fd7d79099c3e6ad5b07febf4b8ab.jpg
93e339e88e5408fe3081bb1b765863cace63ff64.jpg
b2b488f684da21ecc569ee7d15cdc2a069e0f525.jpg
30a9ffb5965c63a5eb5c30f8334356d7ce7ce8ab.jpg
7b5d9e456647b928140579de0ae142ae69281d5f.jpg
7a5f459a34d73788990c700154e36e6b70d0842c.jpg
36ac07bf1497f580fca346463148e310ccdf0ad6.jpg
976f80e8aef71d69a60a8f460038346041e093a8.jpg
04df95e97633f745ab5754cd7d78d7a58acf29cd.jpg
170acecc27f8bec2dd13ee6d81b710017ffd2bcd.jpg
62c580eca178fcf0de6e5f4c97b9b58794abbd72.jpg
91c3bab77c848f5a509fbf5bbf159f3284848b55.jpg
e9e60ab66971a41dea62261a5a7dda76a5e02469.jpg
721a34a5d0674a8acc070f1ce27d596fef84b666.jpg
2524d303dd3f14858356b6c024e889c6e6dd465d.jpg
4c5461a65f6d303f5834ea9afecaf0986bcd0836.jpg
c856bb8d136023985876373524efa63cabd60a87.jpg
7b0551d1412ee94e65f679e6867aa64cd76935e0.jpg
a0d553015abbaee80d16bc09232c476c5b6ab142.jpg
199143963479c30d1cc90adfc6ec295219eb14d1.jpg
0ce04d1adc9a9db9b5a4e608bbcdcf8198358641.jpg
ff0db94b46b43e6f3f46b6fb419382a1db3e1fcf.jpg
bd86f437699488f648ec5b406cbfc2b8f1c42401.jpg
1934ff5f17350534941124994a62410fd5540827.jpg
26f726bc0284381fb701d5e9f3226390a626ddb8.jpg
639d056b12f2aa36b46de6842bfdb9581ee4736b.jpg
3f58d65bb1f36e24ad65104565aef336ef51c271.jpg
98561104283d81c950d85028a0962bb3d2ca5092.jpg
f14f551081835a89cb86720965c6340c9e1c2752.jpg
c19d7c25540998b6f2111a1c24d916a473357d5a.jpg
6ef96e9f455868e4ab9d6a3731dc5ee5d5b44963.jpg
3dc1a1051942d5c6a964d121fb53c8b78e432d6d.jpg
c39c99dce19cdc670c01c1636cfe49dfb6248de1.jpg
02ffc7641c034ba295202a06b871375f39afac1f.jpg
71a4e33a6d7588c1ca7291e4a29b6ad8dff6eb0d.jpg
cc112b60e47307460291d8e7e3ef19d266d53c42.jpg
d0056d630f88d9326be5698cde204c63630a687e.jpg
5e52e42d2b76f327282e0ded05962c7ad32c08e3.jpg
ce55de671352f0354bda4b44e333a99a8ed6a82c.jpg
aaa8d86d506bc9c03dc21dd3be4e5207dcbcd4d7.jpg
3e8ee5be445475b6bb804b2654e642ba11f3e135.jpg
2acd296b92fd8b73beed2e4efe4a5c31b5c0b8a0.jpg
e5cc8e86875897cc5de9eb22ec127d54f4e92303.jpg
96aee0d494723f55d2bc3cd0c0021bc59977c0b3.jpg
c92bc71aafa3ef7b7e3e976d92a2bcea46afe802.jpg
8f756c1e2e13a475ec2c7570fd81fa610a51c3e5.jpg
16d1124bd9548a73b70277b94c722095b9f6ea53.jpg
a1224f293a97fdf682d7bc3e776c078ebe9f6beb.jpg
90723b847de822f9a543fe8def0bb32c4d507d03.jpg
f7f4dd7de96cdbcb37b23d84d377f7e2cae2d89d.jpg
9cbdd96a8d21089d5b54349050454217e1cf7b67.jpg
c030c491391b769e1bfc524584c229e9f3f476cc.jpg
f94427c7635108db26c4c80640d90f6ea873a12e.jpg
14eac2dbd217cc44b0eac7616d4112efc638dde8.jpg
94d76d177bf63e8251d7dbc23bfbac2bf58145c9.jpg
b2471630253052f19cb57b0ee6f4a10c117a5fd5.jpg
855accb6df4b07242549a00cc48a427024f244c6.jpg
6971179c07d5895aaf010a6e86fc52e16593b38c.jpg
5dc6ba04b5d268c4cebcc7a7d9463ea9da7f07eb.jpg
36c2e6525ee29a7a4690351b2b590df4e2c90e9c.jpg
da0a3d9d7f83062f5a483dda5c73bbf8e78a622f.jpg
c193059817e40014304ea879eebf6b33b05de3b2.jpg
253aa7c7492ad6db1f915defe39bcc34b427098a.jpg
a1906c0a07cf9b6142400c2a8b42b6c9a830cd58.jpg
88e1c1c467c437ddc0a66b334b09fbadf1e58fee.jpg
f7f1812802264b0670f3b4769d628f63c1fc22c2.jpg
50b6034f0487c51ecc9ddd9fcbd3b1a2e0ef37e0.jpg
638fd9b72eb5adc8a7a26ba64db263e134f3087c.jpg
7898aa375d664e1374ef07f5be1a46700a42912c.jpg
d62bb62bac37db390eaf3e76459c355eee350189.jpg
75b3da6dfb8bf9a4f6e56b586667ece1b896a73c.jpg
8551c037d7d60b9d85a41d6f4600c2c4c25b25bb.jpg
364fa3d41b05ad5ef655fc2f626466fe70befd7c.jpg
acb1bd38b3bf760910952ffc017f62fe550d1959.jpg
cc9bbdda09b3b27f09e365540cc04213bbfeb681.jpg
c827b303d1b39369e22c59c82fec0ca11b3cf376.jpg
7f1404d8698903647be1c3955a15fd39e0c4d5af.jpg
77065858fbc5b52939de4e44c1ed6060eb96776b.jpg
bf8f79689821e195e0a1ce47859b444732d45fef.jpg
9d10c3a89b6857f350a93d779b388cbb19830462.jpg
e6bf64b552a2ba172dba5f3d9ef5fd3bc56de972.jpg
e50cd7549ebff48850c32d3759dfffba6711629f.jpg
5febb3122d5165ecd5258b0d7105d6f8b570d40e.jpg
37a99c5164c4ab9253fa5ee8ed63fa197ab7762f.jpg
2a78b4444bfcb2152269cb31c46dc06f22f645bf.jpg
7388999ad5d6e7fed36adc3faef6c3c44bcd0d3a.jpg
7596bf928d0c407c3058589e192a9f6283b42e61.jpg
b6354044a1b7805888733bb136a711c210e241d9.jpg
0faf9478336f5964c0aa227d72bd20fb0787b4bb.jpg
611b91abc43a660200c1ba4a5c29496704fc9797.jpg
ac4b87c40417c5e0941b2b3423d1ae8282b6b70d.jpg
dd1bef648e0fe3ce3be1fef1d5510db55dc3b3da.jpg
228e2124fe6a8824a55c14cc6d4a245ef8bbe0d8.jpg
492946d8a380878d62c2fa0b21e074f18494a508.jpg
2b54da97650972a9b336131c16f1d1cd77302d2d.jpg
a677be4bb624cfdd7a3c0a75b122fb8579af2aac.jpg
8bef9ec98246120313aa390b4510d38f9da8082a.jpg
d022e4f1e5493c6374c09ce5a152ca7295597731.jpg
c0f11222d2383d782d846fb6df3be1b2d2a0bcd7.jpg
4decaad0f7e56c5169f99a2f8bae36bb9d1879b0.jpg
d88330b1ba049081f7a1e5d74826d2885f9aaf5c.jpg
d8d65b52d60d84656e447ee9a897cdafec04a98b.jpg

Comentarios
No comment yet! Log in and be the first to add one!